11. Los agentes laborales en la empresa (sindicatos y patronal).
11.1 Introducción.
En este tema se comentará la defensa que tienen los trabajadores frente a las empresas.
La empresa siempre ha sido grande, ha tenido dinero y el trabajador frente a estos obstáculos y además de las represalias que podía tener en su puesto de trabajo se ha quedado indefenso.
Nacieron los sindicatos para defender sus derechos, porque ante todo somos personas, y no deberían explotarnos, por mucho poder que tenga la empresa. Hoy en día los sindicatos se encargan de defender estos derechos por los que sus predecesores lucharon hace algunos años, o por lo menos nos hacen creer eso.
11.2 Marco teórico.
11.2.1 Función de un sindicato
Un sindicato es una organización integrada por trabajadores en defensa y promoción de sus intereses sociales, económicos y profesionales relacionados con su actividad laboral, respecto al centro de producción (fábrica, taller, empresa) o al empleador con el que están relacionados contractualmente.
Los sindicatos, tras reunirse con sus afiliados, informarles y llegar a acuerdos previos o tomar conciencia de las necesidades del momento, negocian en nombre de estos (negociación colectiva) los salarios y condiciones de trabajo (jornada, descansos, vacaciones, licencias, capacitación profesional, etc.) dando lugar al contrato colectivo de trabajo.
El sindicato tiene como objetivo principal el bienestar de sus miembros, es decir asegurar condiciones dignas de seguridad e higiene laboral y generar mediante la unidad, la suficiente capacidad de negociación como para establecer una dinámica de diálogo social entre el empleador y los trabajadores. La libertad sindical de los trabajadores para crear, organizar, afiliarse, no afiliarse o desafiliarse, cambiar de sindicato es libre y sin injerencias del Estado, patrones, empleadores u otros sindicatos.
11.2.1.1 Clases de sindicatos
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Pueden distinguirse los sindicatos de ramo que agrupa a los trabajadores conforme la actividad de la empresa en la cual se desempeñan, de los sindicatos de oficio que agrupa a quienes se desempeñan en cierto oficio con independencia de la actividad de la empresa en la cual trabajan. Serían por ejemplo sindicatos de ramo los de la industria metalúrgica, los de la educación o los del sector público, y sindicatos de oficios como por ejemplo Sindicato Nacional de Trabajadores de la Construcción, Terraceros Conexos y Similares de México los de viajantes de comercio o de camioneros. Existen también los sindicatos de empresa que reúnen a los trabajadores de una empresa en particular, que, en general, solamente son posibles en grandes establecimientos.
Se denominan sindicatos de primer grado a aquellos que están formados por trabajadores, de segundo grado, llamados en general federaciones o confederaciones, los que agrupan sindicatos de primer grado y sindicatos de tercer grado a los que agrupan sindicatos de segundo grado. Un ejemplo de sindicato de tercer grado es el de la Confederación General del Trabajo de Argentina.
El sindicato de oficios varios surge como grupo de trabajo cuando no hay suficientes trabajadores para formar sindicatos de oficio o de ramo. En el otro extremo, la central sindical agrupa a nivel nacional a sindicatos de diversos ramos, y a su vez pueden estar afiliadas a federaciones internacionales o mundiales. El Congreso de Sindicatos Sudafricanos, por ejemplo, es la central sindical que estuvo implicada en la lucha contra el apartheid en Sudáfrica. De talla intermedia, agrupando por ramo y por geografía, existe la federación de industria.
De acuerdo con su ideología, más allá del modelo más extendido de sindicato de clase —sea comunista o anarquista— se distinguen el llamado sindicato amarillo o vertical, que defiende los intereses del empleador; a veces se acusa a algunos sindicatos de empresa de ser amarillos, o se usa el término de forma despectiva para calificar a sindicatos o centrales sindicales a los que se ve como poco combativos. También tiene importancia histórica en la España del franquismo el sindicato falangista. La Organización Sindical Española, también conocida como Sindicato Vertical tuvo cierta relación con el falangismo, aunque también importantes diferencias. Otras ideologías significativas son el cristianismo, como el Movimiento del Trabajador Católico, o solidarnos, de importancia histórica en el bloque soviético. En contraste con Solidarnos, los sindicatos en la unión soviética representaban los intereses del gobierno.
El modo de financiación de los distintos sindicatos también permite distinguir entre los que aceptan subvenciones o ayuda del Estado y los que se limitan a las aportaciones de sus afiliados, por ejemplo a través de estampillas sindicales.
11.2.1.2 Historia.
Aún habiendo diferencias fundamentales de estructura y objetivos, se ha citado al gremio como precedente del sindicato moderno en cuanto a organización de trabajadores. Cuando dio comienzo la revolución industrial estaba prohibido que se realizaran asociaciones de los trabajadores y se calificó como delito penal. Esto se dio de los años 1776 al 1810. Pese a esto no existían los sindicatos. Después de este tiempo en varios países se dio la llamada etapa de tolerancia en donde se admitían agrupaciones de los trabajadores sin que estos influyeran en las leyes dictadas por el estado.
La época de tolerancia fue sucedida por el derecho sindical a finales del siglo XIX. El primer país que reconoció el derecho a la unión sindical fue Inglaterra, en 1824.
Desde los años 1950 y 1960 la historia sindical ha sido redefinida y expandida por un gran número de historiadores, como E. P. Thompson y Eric Hobsbawm en Europa, y Julio Godioen América Latina que comenzaron a prestar mayor atención a las condiciones sociales de vida y trabajo concreta de los trabajadores, así como los entornos sociopolíticos en que se desarrollan.
11.2.2-. Patronal.
Patronal es el nombre genérico que se da al empleador individual o a las asociaciones de empleadores. En diversos países de habla hispana se utiliza con diferentes alcances, abarcando tanto uno como las otras, o sólo a éstas últimas.
En términos de relaciones laborales la patronal es el grupo de personas e instancias en las que se toman las decisiones que afectan la contratación, condiciones de prestación de servicios y despido de los trabajadores en relación de dependencia. La patronal o el empleador es quien crea un puesto de trabajo y lo ofrece con el fin de que sea ocupado por un trabajador bajo su dependencia y a través de un contrato de trabajo.
En algunas ocasiones se confunde "empleador" o "patronal" con "empresa", aunque estrictamente los términos difieren considerablemente, porque la empresa también está integrada por los trabajadores que pertenecen a ella, a la vez que la expresión incluye los activos de la misma y empleados jerárquico (gerentes y directores) que no son empleadores.
El término "patronal" o "empleador" también se identifica con "capitalista" o "inversor". Sin embargo ambos también registran diferencias notables, desde el momento que un capitalista o un inversor, suelen no conocer en detalle la gestión de las empresas en las que invierten, e incluso pueden ser personas sin capacidad jurídica (niños, inhabilitados, etc.).
En el caso de España, instituciones como las Cámaras de Comercio e Industria vienen a suplir la desaparición de los gremios a lo largo del siglo XIX, ya desde un punto de vista claramente empresarial. El proceso de industrialización español hará que sea en Cataluña donde aparezca la patronal más fuerte: el Fomento del Trabajo Nacional.
Los años terribles de enfrentamiento con métodos de terrorismo entre patronales y sindicatos en la Barcelona de los años 1920 terminarán con la Dictadura de Primo de Rivera, que plantea un modelo paternalista de corporativismo para la resolución de los conflictos sociales, a imitación del modelo fascista de Mussolini en Italia.
Tras la experiencia de la Segunda República española, en que los sindicatos de trabajadores tienen gran protagonismo (sistema de jurados mixtos), la Guerra Civil española y el Franquismo llevarán al modelo falangista del Sindicato vertical, en el que empresarios y trabajadores comparten institución representativa.
La transición a la democracia representó la disolución del modelo franquista y, junto a la libertad sindical para los trabajadores, la formación de múltiples asociaciones empresariales que se federaron en la CEOE y la CEPYME (esta última, de la pequeña y mediana empresa).
En el sector agrario funcionan las Cámaras agrarias, como institución oficial formada por representantes elegidos en votaciones periódicas; y las asociaciones de agricultores de distinta orientación (ASAJA, COAG -que integra a varias organizaciones regionales, como la Unió de Pagesos en Cataluña-, la Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos, etc.) que responden generalmente a un modelo reivindicativo y de movilizaciones y manifestaciones similar al sindical y muy espectacular (tractoradas, vertido o regalo de alimentos, etc.). El común interés en defender los precios agrícolas, las subvenciones, cuotas y otras políticas agrarias de la Unión Europea (PAC); agrupa situaciones personales muy diversas e incluso intereses divergentes, dada la diversidad social de los propietarios y gestores de las explotaciones agrarias (explotación familiar directa, explotación indirecta por arrendamiento, explotación por jornaleros), los distintos tamaños de éstas (minifundio, latifundio, propiedades medias) y las particularidades de cada subsector (cerealista, viti-vinícola, olivarero, vacuno -diferenciado en lechero y cárnico-, ovino, porcino, avícola, tabaquero, azucarero, arrocero, cítricos, invernaderos, etc.).
11.3. Marco práctico.
Nuestra empresa al ser tan pequeña no se podrá constituir un sindicato, puesto que para dicha constitución se necesita la participación mínima de 8 trabajadores sin que haya ningún otro sindicato (en empresas con menos de 50 trabajadores). Para empresas de más de 50 trabajadores la participación ha de ser mínimo de 25 personas.
En nuestra empresa, contando con todo el personal, no se llega al mínimo de trabajadores que se necesitan para la constitución del sindicato. Nuestra empresa sería más bien una empresa de tipo familiar, refiriéndonos a la cantidad de personas que trabajan.
Otro punto a tratar sería que aunque nuestra empresa no tenga un sindicato, no quiere decir que los trabajadores no puedan estar afiliados o tengan simpatía por algún sindicato. Nuestros trabajadores son totalmente libres de creer y afiliarse en cualquier sindicato, y no tendrán ningún problema de “exclusión” por este hecho, pero tampoco tendrán ningún privilegio sobre ningún compañero por el hecho de pertenecer a un sindicato.
Además, se ha de decir, que los objetivos de los sindicatos y los de nuestra empresa para con nuestros trabajadores son los mismos, es decir, el bienestar de nuestros trabajadores proporcionará el logro de nuestros objetivos.
11.4. Conclusión.
A pesar de no poder constituir un sindicato en nuestra empresa no quiere decir que nuestros trabajadores no puedan estar afiliados o ser partícipes de los sindicatos que hay vigentes en España.
Nuestra empresa, por lo que respecta a la defensa del trabajador, estará regido por el estatuto de los trabajadores y por el convenio que hace referencia a nuestro sector, en este caso a Empresas Consultoras de Planificación, Organización de Empresas y Contable. XV Convenio Colectivo Estatal.
Además, para mayor seguridad de nuestros trabajadores, en los estatutos de la empresa constarán los objetivos que tenemos para con nuestros trabajadores.
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